La prestación por desempleo para los autónomos
Desde el mes de noviembre del 2011, los autónomos podrán
recibir la prestación por desempleo. A partir de esa fecha los 540.000
autónomos que actualmente cotizan por accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, se incorporaran a dicha prestación.
La cotización tiene caracter voluntario, el resto de
autónomos tendrán que cotizar un 1,7% más de la base por la que cotizan
actualmente. Si lo hacen por la base mínima, 841,80 euros mensuales, tendrán
que pagar aproximadamente 14 euros más al mes.
A la hora de recibir la prestación, el cese voluntario de la
actividad no da derecho al cobro de la prestación, y los periodos de cobro irán
en función del tiempo cotizado en base a :
■ 12
meses de cotización darían
derecho a 2 meses de prestación.■ De 12 a 43 meses cotizados supondrán 6 meses de prestación.
■ De 43 a 48 meses cotizados darán derecho a 8 meses de prestación.
■ Más de 48 meses cotizados supondrán 12 meses de prestación.
■ Trabajadores autónomos de entre 60 a 64 años, los 12 meses de prestación se conseguirá con 43 meses cotizados.
El autónomo percibirá el 70% de la base de cotización de los doce meses anteriores, el cálculo sobre la base mínima del 2010, daría una prestación mensual de 589,26 euros, mientras que la prestación máxima puede llegar a 1.397,84 euros en el caso de tener dos o más hijos.
Veremos si el funcionamiento de esta prestación es positivo,
teniendo en cuenta que todo va a depender del criterio que se utilice para
determinar si la baja es voluntaria o está justificada por las situación
económica de la actividad, esa es la clave que va a determinar si la prestación
funciona de la manera adecuada.