lunes, 7 de noviembre de 2011



La prestación por desempleo para los autónomos

Desde el mes de noviembre del 2011, los autónomos podrán recibir la prestación por desempleo. A partir de esa fecha los 540.000 autónomos que actualmente cotizan por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se incorporaran a dicha prestación.
La cotización tiene caracter voluntario, el resto de autónomos tendrán que cotizar un 1,7% más de la base por la que cotizan actualmente. Si lo hacen por la base mínima, 841,80 euros mensuales, tendrán que pagar aproximadamente 14 euros más al mes.

A la hora de recibir la prestación, el cese voluntario de la actividad no da derecho al cobro de la prestación, y los periodos de cobro irán en función del tiempo cotizado en base a :
12 meses de cotización darían derecho a 2 meses de prestación.
De 12 a 43 meses cotizados supondrán 6 meses de prestación.
De 43 a 48 meses cotizados darán derecho a 8 meses de prestación.
Más de 48 meses cotizados supondrán 12 meses de prestación.
Trabajadores autónomos de entre 60 a 64 años, los 12 meses de prestación se conseguirá con 43 meses cotizados.

El autónomo percibirá el 70% de la base de cotización de los doce meses anteriores, el cálculo sobre la base mínima del 2010, daría una prestación mensual de 589,26 euros, mientras que la prestación máxima puede llegar a 1.397,84 euros en el caso de tener dos o más hijos.

Veremos si el funcionamiento de esta prestación es positivo, teniendo en cuenta que todo va a depender del criterio que se utilice para determinar si la baja es voluntaria o está justificada por las situación económica de la actividad, esa es la clave que va a determinar si la prestación funciona de la manera adecuada.